Un empleado con una
remuneración mensual de $940.000 pesos cumple su jornada máxima legal de 8
horas durante los 6 días laborales de la semana (martes a domingo) y para el mes
de abril del año 2015 reporta las siguientes novedades:
Lunes 4 : 8am
a 2pm – 3pm a 7pm
Martes
5 : 1pm
a 4pm – 5pm a 11pm
Miércoles
6 : 2pm
a 6pm – 7pm a 11pm
Jueves 7
(festivo) : 2pm
a 6pm – 7pm a 11pm
Domingo : 11am
a 3pm – 5pm a 11pm
RESULTADO
Primero definiremos el valor de
cada recargo en base al salario devengado por este empleado, por lo cual
tenemos que con un salario de $940.000 lo cual dividido entre las 240 horas que
de ley le corresponde laborar al empleado nos da un valor devengado de $3.917
por hora. En base a este valor tenemos lo siguiente:
Hora Extra Diurna
Ordinaria (HEDO) = 3.917 X 1.25 = 4.896
Hora Extra Nocturna
Ordinaria (HENO) = 3.917 X
1.75 = 6.855
Hora Extra Diurna
Festiva (HEDF)
= 3.917 X 2 = 7.834
Hora Extra Nocturna
Festiva (HENF)
= 3.917 X 2.5 = 9.792
Recargo
Nocturno (RN)
= 3.917 X 0.35 = 1.371
Recargo Nocturno
Festivo (RNF)
= 3.917 X 1.1 = 4.309
Dominical y Festivo
Ordinario (DFO)
= 3.917 X 0.75 = 2.938
A continuación relacionaremos
las horas extras trabajadas por el empleado en mención. El día lunes 4 el empleado
trabajo un total de 10 horas, por consecuencia como la jornada máxima legal es
de 8 horas, este trabajador tuvo en este día un trabajo extra de 2 horas, el
cual por haber sido prestado antes de las 10pm es tenido en cuenta como trabajo
extra ordinario.
El día martes 5 trabajo un
total de 9 horas, lo que nos daría 8 horas de la jornada laboral más 1 hora
extra, la cual por haber sido laborada entre las 10pm y las 11pm es tenida en
cuenta como hora extra nocturna.
El día miércoles 6 labora un
total de 8 horas por lo cual no presenta ninguna hora extra, pero, dado que la
última hora fue laborada en el horario de 10pm a 11pm esto le genera 1 hora con
recargo nocturno.
El día jueves 7 de igual manera
labora las 8 horas que por ley corresponde pero debido a que este es un día
festivo esto le genera sobre las horas laboradas un recargo festivo
sobre las primeras 7 horas que se encuentran laboradas antes de las 10pm y un
recargo festivo nocturno sobre 1 hora que es laborada en horario de 10pm a
11pm.
Por último el día domingo
labora un total de 10 horas lo cual le genera 8 horas con el respectivo recargo
dominical festivo y dado que las horas extras son trabajadas entre las 9pm y
las 11pm esto le genera 1 hora con recargo extra festivo diurno y 1 hora con
recargo extra festivo nocturno.
Entonces tenemos:
Lunes: 2
HEDO = $9.792
Martes: 1
HENO = $6.855
Miércoles: 1
RN = $1.371
Jueves: 7
DFO + 1 RNF = $20.566 + $4.309 = $24.875
Domingo: 8
DFO + 1 HEDF + 1 HENF = $23.504 + $7.834 + $9.792 = $41.130
Sumando entonces los recargos
recibidos por novedades tenemos que este trabajador obtuvo un total de $84.023
por conceptos de recargos y horas extras por lo cual la nomina liquidada
durante el mes de abril a este trabajador recibe un total de $940.000 + $84.023
para un total de $1.024.023 menos los correspondientes aportes a seguridad
social.
EJERCICIO
#2.
Empleado 2 tiene un sueldo de
1.200.000 y presenta las siguientes novedades durante el mes de abril.
Lunes
8 : 8a.m
a 1pm – 5p.m a 10p.m
Martes
9 : 7a.m
a 12pm – 4p.m a 9p.m
Miércoles
10 : 2p.m
a 7pm – 10p.m a 2a.m
Jueves
11 : 5p.m
a 10pm – 11p.m a 4a.m
Viernes
12 : 8p.m
a 4am
Sábado 13 – Domingo 14: 6p.m
a 10pm – 11pm a 5a.m
RESULTADO
Primero definiremos el valor de
cada recargo en base al salario devengado por Empleado 2, por lo cual tenemos que
con un salario de $1.200.000 lo cual dividido entre las 240 horas que de ley le
corresponde laborar Empleado 2 nos da un valor devengado de $5.000 por
hora. En base a este valor tenemos lo siguiente:
Hora Extra Diurna
Ordinaria (HEDO) = 3.917 X 1.25 = 6.250
Hora Extra Nocturna
Ordinaria (HENO) = 3.917 X
1.75 = 8.750
Hora Extra Diurna
Festiva (HEDF)
= 3.917 X 2 = 10.000
Hora Extra Nocturna
Festiva (HENF)
= 3.917 X 2.5 = 12.500
Recargo
Nocturno (RN)
= 3.917 X 0.35 = 1.750
Recargo Nocturno
Festivo (RNF)
= 3.917 X 1.1 = 5.500
Dominical y Festivo
Ordinario (DFO)
= 3.917 X 0.75 = 3.750
A continuación relacionaremos
las horas extras trabajadas por Empleado 2.
El día lunes 8 Empleado 2 trabajo un
total de 10 horas, por consecuencia como la jornada máxima legal es de 8 horas, Empleado 2 tuvo en este día un trabajo extra de 2 horas, el cual por haber sido
prestado antes de las 10pm es tenido en cuenta como trabajo extra diurno
ordinario.
El día martes 9 Empleado 2 trabajo
un total de 10 horas, y al igual que el día anterior Empleado 2 tuvo en
este día un trabajo extra de 2 horas, el cual por haber sido prestado antes de
las 10pm es tenido en cuenta como trabajo extra ordinario.
El día miércoles 10 Empleado 2 labora un total de 9 horas de las cuales 5 son laboradas antes de las 10pm por
lo tanto no generan ningún tipo de recargo, las siguientes 3 horas del máximo
legal por haber sido laboradas entre las 10pm y la 1am del día jueves son
tenidas como laboradas en horario nocturno por lo que estas horas le generan 3
horas de recargo nocturno y la siguiente hora laborada por exceder el máximo
legal es tenida como trabajo extra ordinario y por ser laborada en el horario
de 1am a 2am es relacionada como hora extra nocturna ordinaria.
El día jueves 11 Empleado 2 labora
un total de 10 horas de las cuales 5 son laboradas antes de las 10pm por lo
tanto no generan ningún tipo de recargo, las siguientes 3 horas del máximo
legal por haber sido laboradas entre las 11pm y las 2am del día viernes son
tenidas como laboradas en horario nocturno por lo que estas horas le generan 3
horas de recargo nocturno y las siguientes horas laboradas por exceder el
máximo legal son tenidas como trabajo extra ordinario y por ser laboradas en el
horario de 2am a 4am son relacionadas como 2 horas extras nocturnas ordinarias.
El día viernes 12 Empleado 2 labora
un total de 8 horas las cuales están dentro del máximo legal pero 6 de ellas
por haber sido laboradas entre las 10pm y las 4am le generan 6 horas de recargo
nocturno, el cual por ser en día sábado es tenido como ordinario.
Por último el día sábado 13
labora un total de 10 horas de las cuales 4 por ser laboradas antes de la 10pm
son tenidas como horas ordinarias, la siguiente por ser laborada entre las 11pm
y las 12am le generan 1 hora con recargo nocturno, las siguientes 3 que están
dentro del legal permitido por ser laboradas el día domingo entre las 12am y
las 3am son tenidas como horas con recargo nocturno festivo y las últimas 2
horas por exceder el máximo legal y por ser laboradas en día domingo entre las
3am y las 5am son tenidas como 2 horas extras nocturnas festivas.
Entonces tenemos:
Lunes : 2
HEDO = $12.500
Martes : 2
HEDO = $12.500
Miércoles : 3
RN + 1 HENO = $5.250 + $8.750 = $14.000
Jueves : 3
RN + 2 HENO = $5.250 + $17.500 = $22.750
Viernes : 6
RN = $10.500
Sábado y Domingo: 1
RN + 3 RNF + 2 HENF = $1.750 + $16.500 + $25.000 = $43.250
Sumando entonces los recargos
recibidos por novedades tenemos que Empleado 2 obtuvo un total de $115.500 por
conceptos de recargos y horas extras por lo cual la nomina liquidada durante el
mes de Abril Empleado 2 recibe un total de $1.200.000 + $115.500 para un total de
$1.315.500 menos los correspondientes aportes a seguridad social.

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